La divulgación de un documento notarial dejó bajo la lupa el esquema de explotación de cartelería publicitaria instalada en espacios vinculados al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), al evidenciar que el entonces funcionario de la institución, Francisco Arístides Clerch Almada, figuraba como beneficiario directo de un porcentaje de las ganancias generadas por el emprendimiento. El citado, quien estuvo en el equipo de intervención a la Intendencia Municipal en la gestión de Sandra McLeod, es actualmente precandidato a concejal.
La escritura pública, formalizada ante el escribano Enrique Walter Mayeregger Bobadilla, detalla un acuerdo privado entre la empresa Fast Print y dos particulares para la instalación y explotación comercial de pantallas LED, gigantografías, señalizadores y refugios peatonales en distintos puntos del país. Lo llamativo del documento es que la viabilidad del negocio dependía expresamente de la firma de un convenio marco con el MOPC, institución en la que Clerch se desempeñaba como funcionario, bajo la administración de Arnoldo Wiens, actual precandidato a la presidencia por la ANR.
De acuerdo con la distribución establecida en el contrato, la firma Fast Print, propiedad de Ceferino Antonio Díaz, mantenía una participación en el proyecto, mientras que José Armando Fuentes Sepúlveda obtenía el 40% de los beneficios y Francisco Clerch el 20% restante.
La revelación genera cuestionamientos debido a que el negocio estaba directamente vinculado a autorizaciones estatales para la utilización de espacios públicos y franjas de dominio administradas por el MOPC. En la práctica, el documento demuestra que Clerch tenía interés económico en una actividad cuya ejecución dependía de decisiones y permisos emanados de la misma cartera estatal.
El acuerdo contemplaba la colocación estratégica de paneles LED, carteles publicitarios, refugios peatonales y otras estructuras urbanas destinadas a la promoción turística y comercial. Además, incluía trabajos de iluminación, instalación de mástiles con banderas y mejoras ornamentales en plazas y espacios públicos, siempre sujetos a la autorización de la Dirección de Obras Públicas.
Las cláusulas dejan en evidencia que los beneficios económicos para los socios privados estaban condicionados a la concreción de acuerdos con el Estado, situación que ahora alimenta sospechas sobre un eventual conflicto de intereses y la utilización de influencias dentro de la institución para favorecer un emprendimiento particular.
El documento fue firmado por los tres participantes, quienes ratificaron ante escribanía la distribución de acciones y ganancias. Sin embargo, la aparición de estos antecedentes reaviva el debate sobre la transparencia en la administración de espacios públicos y el papel que desempeñaron funcionarios del MOPC en un negocio que movió importantes sumas de dinero mediante la explotación publicitaria de bienes bajo control estatal.











