La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia asestó un nuevo revés judicial al exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, al rechazar de plano la recusación que su defensa promovió contra los miembros del Tribunal de Apelación Penal Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado. Con esta resolución, los camaristas Gustavo Amarilla, Claudia Criscioni y Silvana Luraghi quedan oficialmente ratificados para continuar interviniendo en la causa.
La defensa había argumentado una supuesta quiebra de imparcialidad, falta de motivación y un eventual «prejuzgamiento implícito» por parte del tribunal, basándose en el numeral 13 del artículo 50 del Código Procesal Penal. Sin embargo, los ministros Eugenio Jiménez Rolón y Alberto Martínez Simón, con adhesión de Manuel Ramírez Candia, concluyeron que los planteos reflejan únicamente una disconformidad con decisiones judiciales adversas, y remarcaron que la situación subjetiva del litigante respecto al juez resulta irrelevante para apartarlo del caso.
Las causas que enfrenta Prieto acumulan múltiples suspensiones desde el año pasado, en buena parte derivadas de sucesivas recusaciones presentadas por la defensa. El expediente en cuestión acumula dos hechos investigados que totalizan más de G. 1.186 millones: uno vinculado a una licitación de G. 306 millones para la compra de panificados destinados a familias de escasos recursos, donde la Fiscalía sostiene que el procedimiento habría sido direccionado; y otro relacionado con transferencias de G. 880 millones a comisiones vecinales para la construcción de pozos artesianos, con presuntos desvíos de fondos hacia el entorno del entonces jefe comunal.
Prieto, líder del Partido Conciencia Democrática Nacional (YoCreo) y precandidato presidencial para 2028, ha manifestado públicamente que no descarta que las causas judiciales busquen inhabilitar su candidatura mediante una sentencia. La resolución de la Corte, sin embargo, despeja el camino para que el proceso avance sin nuevas dilaciones en la instancia de apelación.











