La resolución 2198/2022 IM, del 11 de agosto de 2022, es la prueba del crimen ambiental que cometió el intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, y que lo puede llevar a la cárcel y a su destitución, junto a otros funcionarios. Esto de acuerdo a lo que dice la Ley 716, en su artículo 15. Los directivos de Agrofértil también deben pisar la penitenciaria. Por la mencionada disposición el jefe comunal autorizó la tala ilegal de árboles de una vegetación, para la construcción de un estacionamiento en el espacio verde que esta entre la Ruta PY 2 y la avenida San Blas, en el km 6,500.
El fiscal Adolfo Santander, ya tiene la contundente e irrefutable evidencia sobre el grave crimen ambiental que cometió el intendente Prieto, junto a varios funcionarios superiores de la comuna. Están involucrados también los directivos de Agrofértil, encabezados José Marcos Sarabia.
La resolución 2198/2022 es la prueba de que el propio Prieto fue quien autorizó la tala de árboles de una vegetación en el espacio verde ubicado entre la Ruta 02 y la avenida San Blas.
El jefe comunal involucro a varios funcionarios superiores como ser su jefa de gabinete la cuestionada hurrera, Darcy Ledezma, la directora de Gestión Ambiental, Karen González, el jefe de áreas protegidas, Aníbal Molas.
Pero los dueños de Agrofértil también deben responder por el crimen ambiental.
El fiscal de medio ambiente, Santander, inició una investigación sobre el hecho punible. Con la aparición de la resolución 2198/2022, firmado por Prieto, todo queda aclarado. El documento es la evidencia que permite al representante de la sociedad a imputar a Prieto, a varios funcionarios superiores, algunos ya citados, y a los directivos de Agrofértil encabezados por José Marcos Sarabia.
Esto en base a lo que dispone la Ley 716, que castiga los delitos ambientales. En el artículo 4 dice que la tala de árboles de una vegetación, que corresponde en este caso, los responsables serán castigados con hasta 8 años de cárcel y el pago de multa hasta 2.000 jornales mínimo diario.
La misma menciona normativa legal en su artículo 15 dice que sin quienes cometen el crimen ambiental son quienes ocupan cargos públicos, como el caso del intendente Prieto, y los funcionarios además de la pena ya menciona, de ir a la cárcel, deben ser destituidos de sus cargos e inhabilitados por 10 años para ocupar cargos públicos.
Esta semana debería de salir las imputaciones del fiscal Santander.
AGROFERTIL DEBIA TALAR
LOS ARBOLES Y NO COMUNA
En la resolución 2198/2022, se menciona que es la firma Agrofértil la que debía talar los árboles. En un total de 79 plantas, algunas de ellas añosas y nativas.
Pero llamativamente la semana pasada un grupo de funcionarios municipales de diferentes dependencias encabezadas por la hurrera, Darcy Ledezma, fueron a cortar los árboles del área verde de la avenida San Blas y la Ruta 02 Py.
También llevaron equipos, maquinarias, y camiones de la comuna para cometer el crimen ambiental.
Prieto debe explicar por qué envió a funcionarios municipales con equipos viales para la tala de árboles que debía hacer la empresa Agrofértil, para construir un enorme estacionamiento de 7.700 metros cuadrados.