El paseo central de la avenida Campo Vía entre Charagua y Casanillo, en el Area 3, se convirtió en basurero de los borrachos a quienes denominan “clientes” el bar y cocina “Brooklyn” que se convierte en discoteca; y “Planet Bar”. Una gran cantidad de botellas vacías de diferentes bebidas se acumulan. Ambos establecimientos violan con total impunidad la Ley LEY N° 6390 QUE REGULA LA EMISIÓN DE RUIDOS.
Mientras estos establecimientos, al igual que varios otros, pisotean las normas legales, sus clientes extienden el problema por varias cuadras a la redonda. Esto ocurre por la actitud cómplice de la Policía Nacional y especialmente la Municipalidad de CDE, a cargo del Clan Prieto.
La emisión de ruidos molestos es el principal problema, de acuerdo a la denuncia de los vecinos. Pero no es el único.
Los problemas de causan estos locales, al igual que el denominado “Almacén Cervecero”, violan varias normas legales y hasta la propia Constitución Nacional. Pero tienen impunidad debido a la complicidad de funcionarios y autoridades corruptas.
El paseo central de la avenida Campo Vía, en el tramo comprendido entre Charagua y Casanillo, fue convertida en un basurero por los borrachos quienes acuden a los locales de “Brooklyn”, bar y cocina; y “Planet Bar, la Bodeguita”.
En “Brooklyn”, aparece como dueños Paloma Mereles y su esposo. Mientras en “Planet Bar, la Bodeguita”, es Gabriel Correa.
Estos personajes son quienes se atribuyen el derecho de infernizar la vida de ciudadanos honestos y trabajadores para que ellos puedan ganar dinero a expensas de borrachos y drogadictos.
Este visto que las instituciones publica en Ciudad del Este, como en gran parte del país no funcionan, por si funcionaban estos deberían estar respondiendo por los abusos que cometen.
La basura que se acumula en el paseo central son botellas vacías de diferentes tipos de bebidas que son consumidas por los clientes de los dos locales citados.
Muchos de ellos totalmente pasado con las bebidas y al parecer bajo los efectivos alucinógenos, cometen todo tipo de abuso y hasta sus necesidades fisiológicas en las veredas de las viviendas.
LEY N° 6390
QUE REGULA LA EMISIÓN DE RUIDOS
Artículo 1°.- Objeto.
La presente Ley tiene por objeto regular la emisión de ruidos capaces de afectar el bienestar o dañar la salud de personas o seres vivos, a fin de asegurar la debida protección de la población, del ambiente y de bienes afectados por la exposición a los ruidos.
Artículo 7°.- Prohibición.
Queda prohibido emitir sonidos al ambiente por encima de los niveles o en contravención de los límites máximos establecidos en las normas técnicas legales o reglamentarias vigentes que tengan origen en:
Establecimientos de cualquier índole.
Maquinarias, motores y herramientas.
Actividades sociales o domiciliarias.
Actividades publicitarias.
Vehículos de cualquier tipo.
Otras actividades que tuvieran la potencialidad de generar ruido conforme a lo establecido en el Artículo 2° de la presente Ley.