Sin duda, la decisión del Juez Osmar Legal deja un importante antecedente judicial contra los políticos corruptos, quienes con chicanería dilatan los procesos en contra de ellos por corrupción y se niegan a someterse a los procesos. El mencionado magistrado ordenó la prisión domiciliaria de la intendenta de Quyquyhó, Patricia Corvalán, esposa del diputado colorado Esteban Samaniego, por chicanera. Lo que nadie explica es por qué no se usa la misma vara contra el exintendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto Vallejos, quien hace lo mismo, inclusive peor que Corvalán. Y de paso, el legislador Samaniego es socio de negociados de Prieto.
La decisión contra la intendente de Quyquyhó corresponde, y debe ser ejemplificadora y ser aplicada a todos los políticos corruptos, quienes tienen procesos, se niegan a someterse a los mismos con chicanerías dilatorias.
Pero lo que es muy sugestivo es que esta misma vara no se usa contra el “master” de las chicanerías, Miguel Prieto.
Son pocos los procesos que no están cajoneados en el Ministerio Público, y estos no avanzan por los planteamientos dilatorios que realiza Prieto y su gavilla.
La intendenta Patricia Corvalán es esposa del diputado colorado-cartista Esteban Samaniego, socio de negociados de Prieto. Hay un reporte de hecho punible de la Contraloría General de la República sobre la compra simulada de kits de alimentos de un negocio de Samaniego y su esposa Corvalán, que está cajoneada.
Fue robo en pandemia.

Sobre la decisión, el juez Osmar Legal dispuso la prisión domiciliaria de Patricia Corvalán, Blanca Álvarez Vda. de Samaniego y otros procesados por el caso del presunto desvío de G. 1.100 millones de la municipalidad de Quyquyhó; esto responde a que los reiterados recursos presentados fueron considerados como dilatorios y demuestran nula intención de someterse al proceso.
La resolución hace énfasis en los constantes recursos planteados por las defensas de los procesados y expresa que varios intentos de audiencias fueron frustrados por eso. «Conviene mencionar en primer término que la sustanciación de la audiencia preliminar en el marco de la presente causa ha sido frustrada y obstruida por octava vez consecutiva. En esta oportunidad, el impedimento deviene de la recusación interpuesta por la acusada Blanca Gloria Álvarez Vda. de Samaniego; cabe mencionar que la recusación fue recientemente rechazada por el Tribunal de Apelaciones.
El juzgado consideró que se evidencia un patrón de conducta dilatorio generalizado en la presente causa, tendiente a paralizar el normal avance del procedimiento en perjuicio de la administración de justicia.
«Si bien este Juzgado no objeta el ejercicio legítimo del derecho a la defensa y de las facultades recursivas, resulta imperativo resaltar que las conductas de los acusados no pueden ser analizadas de manera aislada, sino dentro del contexto general de una causa que ha sido sistemáticamente frustrada en múltiples ocasiones».
Por ende, el juez Legal ordenó revocar las medidas alternativas de los procesados Patricia Corvalán, Ruth Medina, Andrés Arrúa, Manuel Olazar, Carlos Bareiro y Gloria Álvarez Vda. de Samaniego, esta última madre del diputado Esteban Samaniego, quien sigue blindado por sus fueros parlamentarios pese a los reiterados pedidos de desafuero.
Asimismo, dispuso la medida de prisión domiciliaria para todos ellos, fundando la decisión en el artículo 243 del Código Procesal Penal, peligro de fuga.










