La agente fiscal Viviana Sánchez, de la Unidad Penal N.º 2 de Presidente Franco, logró que la Cámara de Apelaciones confirmara la condena de 28 años de prisión, más 5 años de medida de seguridad, para Eusebio Ovelar Bogado (46), hallado culpable del feminicidio de su expareja.
La Segunda Sala Penal del Tribunal de Alzada, integrada por Efrén Giménez, Lilian Lorena Benítez y Myrian Meza de López, ratificó la sentencia dictada en primera instancia por los jueces Zunilda Martínez, Herminio Montiel y Edgar Lezcano, tras el juicio oral realizado el 8 de abril de 2026 en el Palacio de Justicia de Ciudad del Este.
El crimen ocurrió en la tarde del 2 de octubre de 2024, en una vivienda del km 8, Fracción Willy, de Presidente Franco, donde fue asesinada Carolina Benítez Vallejos. Ese día, el acusado trasladó a la víctima hasta el inmueble en un automóvil Toyota Carina.
Las cámaras de circuito cerrado registraron el ingreso del vehículo a las 18:26 y su salida a las 19:52. Durante ese lapso, después de las 19:20, Ovelar Bogado atacó a la mujer con un arma punzocortante, provocándole múltiples heridas en la cabeza, el tórax y los brazos. La autopsia reveló 37 lesiones y estableció como causa de muerte un shock hipovolémico por heridas en el cráneo y el tórax.
El cuerpo fue encontrado al día siguiente por el hermano de la víctima, luego de que el empleador alertara sobre su ausencia laboral. La Fiscalía realizó el levantamiento del cadáver y el análisis de las cámaras confirmó que el acusado permaneció en el lugar durante el horario del crimen, sin que ingresaran otras personas.
La investigación también estableció que el último contacto de la víctima fue a las 19:19, cuando envió un video a un familiar mientras el procesado seguía en la vivienda. Tras el hecho, desaparecieron de la casa un celular corporativo, un teléfono personal, una tablet, el control del portón eléctrico y una mochila con dinero. Luego, el 4 de octubre de 2024, el acusado llevó el celular y la tablet de la víctima a un técnico para borrar la información (flasheo) con la intención de venderlos.
Durante el juicio oral, la Fiscalía presentó abundantes pruebas documentales, testimoniales y periciales que acreditaron la responsabilidad penal del acusado. Asimismo, solicitó 28 años de prisión y 7 años de medida de seguridad, con base en informes de Salud Mental del Ministerio Público que concluyeron que Ovelar Bogado presenta rasgos compatibles con psicopatía.
Además, logró acreditar que el hombre tenía antecedentes de violencia psicológica, amenazas y hostigamiento contra su expareja. El Tribunal aplicó la condena de 28 años de prisión y fijó la medida de seguridad en 5 años, decisión que ahora fue confirmada íntegramente por la Cámara de Apelaciones.











