En medio de fuertes cuestionamientos el próximo 17 de enero el intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto Vallejos, realizará la apertura de los sobres con las ofertas para la compra de almuerzo escolar por unos 13 mil millones de guaraníes. Es dinero del FONACIDE. Y es para los años 2024 y 2025. Todo el proceso está plagado de irregularidades. Cometen sugestivos errores lo que lleva a suponer que se trata de una licitación con cartas marcadas, o sea direccionada. Los fuertes cuestionamientos son de Contrataciones Públicas y de proveedores.
El proceso se inició en noviembre de 2023, y se pretende abrir los sobres con las ofertas el 17 de enero de 2024. Hay fuertes cuestionamientos al Pliego de Bases y Condiciones (PBC). Hay errores muy sugestivos en el documento cuya corrección fue solicitado en varios puntos por el organismo contralor del Estado paraguayo.
Proveedores igualmente cuestionan estos errores indicando que hace suponer que todo esta dirigido. O sea, es un proceso que se realiza con cartas marcadas y se hace el llamado solamente para cumplir con lo que dice la Ley 2051 de Contrataciones Pública.
Así se maneja la administración municipal de Prieto.
A la serie de cuestionamiento de los proveedores que están en el portal de Contrataciones donde puede ser leídos. Sin duda algunos de estos errores son muy infantiles, y la respuesta de la comuna a todas es la misma, de que se subsana los errores.
Al parecer los responsables de la Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) de la municipalidad de Ciudad del Este, estuvieron realizando mucho “copy paste”, o mejor copiar y pegar, las respuestas.
Una de las consultas o protesta dice lo siguiente y revela como se maneja el proceso de compra de alimentos para escolares y que es otro feroz negociado del intendente imputado Miguel Prieto:
La Consulta es la siguiente; La Convocante indica como unos de los requisitos en Experiencia punto b) que, El Oferente deberá acreditar contar con Certificación de Gestión de la Calidad ISO 9001:2015 sobre el servicio ofertado (modalidad de Producción y Distribución de Alimentos listos para el consumo) o una Certificación de Gestión de Calidad equivalente emitida por una entidad debidamente acreditada, según lo establecido y regulado por la Ley N° 2279/03 y el Decreto Reglamentario N° 3900/10 y acreditar su capacidad para garantizar la inocuidad de los alimentos mediante certificación HACCP u otro similar que certifique un sistema de gestión de inocuidad de los alimentos a ser proveídos. Los certificados deberán estar vigentes a la fecha de la etapa competitiva.
Manifestamos que el presente requisito limita y excluye la participación de los oferentes, contradiciendo a los Principios de las Compras Públicas, dicho requisito tiene como único fin la dirección de la adjudicación a una empresa en particular.
A más de ello, dicho requisito no resulta técnicamente necesario, a los efectos de demostrar la experiencia, pudiendo en su lugar solicitar otros requisitos que varias empresas puedan cumplir a los efectos de que exista participación, por lo que solicitamos la eliminación de dicho requisito, a los efectos de fomentar la participación de mayores oferentes y así mismo evitar posibles impugnaciones al Pliego de Bases y Condiciones.