La ordenanza 01/2022 que crea la Dirección Municipal de Orden y Seguridad, es inconstitucional e ilegal. Los funcionarios municipales no pueden portar armas, y salir a las calles a matar. Con la norma municipal el intendente Miguel Prieto y su cuñado, Pedro Acuña, quieren tener un cuerpo policial armado a su servicio, y que lo pague los contribuyentes esteños.
La ordenanza 01/2022 crea la Dirección Municipal de Orden y Seguridad, y los divide en Policía Municipal de Transito, Policía Turística; y Orden y Seguridad.
El punto más cuestionado es el artículo 21, donde dice que los funcionarios municipales de la citada dirección pueden portar armas, y menciona la Ley 4036 de Armas y municiones.
La Ley citada en la normativa comunal dice en su artículo 1:
Las armas de fuego, municiones, explosivos y accesorios de uso privativo de los Órganos de Defensa y Seguridad del Estado para el cumplimiento de su misión, así como su fabricación y comercialización por las empresas estatales, no son objeto de la presente Ley. El uso de estos materiales queda prohibido a personas civiles.
Los órganos de Defensa y Seguridad del Estado paraguayo son las FF.AA. y las Policía Nacional.
Los civiles que desean tener armas lo podrán tener, pero deberán usar dentro de un recinto privado. O sea, dentro de la casa. Nunca en un espacio público o una institución pública como lo es la comuna.
Pero además el artículo 175 de la Constitución Nacional que habla de la Policía Nacional en su última parte dice:
La creación de cuerpos de policías independientes podrá ser establecida por Ley, la cual fijará sus atribuciones y respectivas competencias, en el ámbito municipal y en el de los otros poderes del Estado.
Esto quiere decir que la creación de la Dirección Municipal de Orden y Seguridad, debe ser creada por Ley, no por ordenanza.
No existe duda de que la ordenanza 02/2022 es ilegales y además va contra la Constitución Nacional.
La normativa es una idea del intendente Miguel Prieto, del presidente de la Junta Municipal, Pedro Acuña, quien es cuñado del jefe comunal, y del edil Víctor Torales, amigo personal de Prieto.
Otro punto cuestionado de la citada ordenanza es que se pretende darle a la Dirección Municipal de Orden y Seguridad, la competencia de la seguridad pública interna, que de acuerdo a la Constitución Nacional es función de la Policía Nacional. Otro punto ilegal.
Además, los funcionarios municipales de la Dirección Municipal de orden y Seguridad, pueden decidir quién ingresa o no a los predios municipales, sin autorización. No dice quién debe autorizar. Esto dice el artículo 7. Lo que también es ilegal.