Un Tribunal de Apelaciones confirmó una decisión de primera instancia por la cual se ordena a la comuna de Ciudad del Este a informar con documentos a toda la ciudadanía sobre las transferencias realizadas en 2024 y en lo que va de 2025. Cuando salió la orden judicial, el intendente era Miguel Prieto Vallejos, hoy destituido por corrupto, y se negó a dar informaciones. Es que los documentos revelarían una tragada de G. 19.000 millones, solo en 2024, del dinero del pueblo por parte del exintendente y sus concejales rastreros.

Miguel Prieto Vallejos
El cerebro del esquema de robo mediante las comisiones es Dani Pereira Mujica, y es él quien deberá dar toda la información. Y lo deberá poner en la página web de la comuna por orden judicial.
La acción judicial fue presentada por la Contraloría Ciudadana. Y la decisión del Tribunal ordena que la comuna pague el costo del juicio cuando debería pagarlo de su bolsillo Miguel Prieto.
El Tribunal de Apelación confirma sentencia que ordena a la Municipalidad de Ciudad del Este a entregar información sobre transferencias en 2024.
El Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, de la Circunscripción Judicial del Alto Paraná, confirmó la Sentencia Definitiva número 7 del 14 de mayo de 2025, que obliga a la Municipalidad de Ciudad del Este a entregar y publicar información sobre transferencias realizadas a entidades educativas y organizaciones sin fines de lucro durante los años 2024 y 2025.
La resolución, dictada mediante el Acuerdo y Sentencia N.º 28 del 30 de mayo de 2025, corresponde a la causa N.º 58/2025: “Lourdes Magdalena Montiel Morel c/ Municipalidad de Ciudad del Este s/ Amparo Constitucional”.
El recurso de apelación presentado por los abogados del municipio fue declarado admisible, pero rechazado por unanimidad.
Los jueces Raúl A. Insaurralde G., Nilda Estela Cáceres Díaz y Marta Isabel Acosta Insfrán concluyeron que la sentencia apelada “se halla ajustada a derecho”, reafirmando el derecho constitucional de los ciudadanos a acceder a la información pública.
La resolución ordena a la Municipalidad entregar, en un plazo de cinco días hábiles, copias simples de documentos respaldatorios de los objetos de gasto 842 y 874, incluyendo órdenes de pago, montos, beneficiarios, facturas, rendiciones, proyectos financiados y otros elementos administrativos.
Además, la institución deberá publicar esta información en su sitio web oficial.
El Tribunal impuso las costas en el orden causado y dispuso la devolución de los autos al juzgado de origen.
La sentencia marca otro revés judicial para la administración de Miguel Prieto, y refuerza el principio de transparencia en la gestión de fondos públicos.











