El intendente de CDE, Miguel Prieto, va a comprar arena, si arena, para la costanera “Ñande Renda”, por cerca de 300 millones de guaraníes. Antes de realizar la adjudicación ya se sabe que la adjudicada va ser la empresa “Constructora San Antonio S.R.L.”, donde aparecen como responsables Liduvino Espínola Vera y Blanca Duarte de Espínola. No hay dudas de que el proceso esta amañado. Para el colmo el precio establecido esta sobrefacturado. La Dirección Nacional de Contrataciones Pública cuestiona el proceso.
La Constructora San Antonio S.R.L., tiene adjudicaciones millonarias por parte del intendente Prieto, y por parte de la comuna de Minga Guazú, donde el intendente es Diego Ríos, quien es del equipo político de Prieto.
Todo el proceso de compra de arena a precio sobrefacturado esta amañado y antes anunciarse la adjudicación ya se sabe que la ganadora va ser la citada constructora que todo indica es una empresa para negociados que está siendo usado por el Clan Prieto.

Miguel Prieto
Sin duda direccionar un proceso para que gane una determinada empresa es una grave irregularidad, pero en este caso no es todo.
El costo establecido para la arena por el intendente Prieto ya está sobrefacturado, eso significa que la compra en realidad es un feroz negociado más que está concretando el jefe comunal, y que no tendrá oposición en la Junta Municipal donde están los 7 concejales rastreros más tres colorados, quienes apañan los hechos de corrupción en la Intendencia Municipal.
En la playa de la costanera “Ñande Renda” o “Ñande Negocio”, como se lo denomina en las redes sociales se colocó, según los documentos, dos metros de arena, y debería estar aún en buenas condiciones, luego de poco más de un año de uso.
La construcción de la costanera según los documentos costo unos 15.000 millones de guaraníes, pero el coto real no pasaría de los 5 mil millones de guaraníes.
Pero el intendente Prieto, seguirá usando la costanera para seguir facturando.
Contrataciones Pública cuestiona el proceso que está realizando el intendente Prieto para la compra de arena, recordando al mismo que esta responsable civil y penalmente de sus actos como intendente, y en su condición de ordenador de pagos.