Las cámaras de comercios de las ciudades fronterizas, que viven del turismo de compra, advierten al presidente de la República, Santiago Peña, que la reglamentación del Régimen de Turismo podría convertir estos polos comerciales en ciudades fantasma. Piden cambios urgentes y tienen el apoyo de los gremios de contadores y de despachantes, al igual que los importadores. Solicitan además tasas impositivas de entre 3% y 10% para productos importados para vender a los extranjeros. Solo así se mantendrán competitivos, recordando que tanto en el Brasil como en la Argentina hay dutty free que compiten con estas ciudades.
La misiva fue remitida al Poder Ejecutivo hace un mes, pero hasta el momento no hay respuesta y debido a eso decidieron hacer público el contenido de la nota. En la misma señalan al presidente Peña que el propósito del escrito es «expresarle nuestras observaciones y preocupaciones sobre algunos requisitos establecidos por el Decreto Nº 2063/2024 que regula el Régimen de Turismo de Compras (RTC) para la importación de determinados bienes y su comercialización a personas físicas extranjeras no domiciliadas en el país».
A continuación, transcribimos los principales transcribimos la misiva destacando los puntos cuestionados y la propuesta de cambios:
Los artículos cuestionados son los siguientes:
Artículo 4º: Establéese que, además de lo dispuesto en el artículo 3° de este decreto, los importadores deberán cumplir con los siguientes requisitos específicos:
1. Tener una antigüedad mínima de dos (2) años en el circuito comercial, demostrada a través de la presentación de los Estados Financieros correspondientes a los dos (2) últimos años previos a la inscripción. A los efectos de la contabilización de la antigüedad mencionada, se considerarán los cambios de denominación, reestructuraciones o reorganizaciones societarias, cambios de tipo societario, entre otros supuestos a ser contemplados y regulados en la reglamentación.
Esta exigencia complica la inclusión al Régimen de Turismo de Compras (RTC) de nuevas empresas nacionales o extranjeras que quieran dedicarse a la actividad, considerando que esperar dos años es de cumplimiento imposible y carece de practicidad para acogerse al Régimen. Esta obligación desalienta la aplicación de nuevas inversiones que siempre benefician al país, como en la generación de empleos y
Recaudaciones tributarias.
2. Contar con un capital integrado de, por lo menos, G. 6.000.000.000.
Es de conocimiento público que los negocios en nuestro país están constituidos por el 80% de pequeñas y medianas empresas y que las mismas no cuentan con capital integrado que ascienda al monto requerido por este numeral.
Se puede entender que directamente en estas medianas y pequeñas empresas, muchas de ellas deberían clausurarse por su incapacidad de contar con el capital exigido, produciéndose problemas graves desde el punto de vista económico y social. Los cierres de locales afectarían los alquileres de los edificios existentes y futuras inversiones en inmuebles, equipos y mantenimientos de los locales comerciales.
Perdidas de muchos lugares de trabajo, como también la disminución en las recaudaciones de Tributos Municipales, Nacionales y Aportes al I.P.S.
Proponemos que el Capital Integrado sea de G. 750.000.000, y que cada año sea incrementado en por lo menos G. 250.000.000 hasta alcanzar el monto de G. 6.000.000.000, mientras se trabaje bajo el Régimen de Turismo de compras.
3. Ser titular de, al menos, una cuenta bancaria debidamente identificada en el sistema financiero de plaza local, por medio de la cual realizará las transferencias de fondos para pagos de los bienes a ser importados. Este requisito será acreditado con el extracto bancario de los últimos tres meses previos a la inscripción, en los cuales se verifiquen saldos en cuenta al cierre de cada mes de, al menos, doscientos mil dólares americanos (US$ 200.000.-) o su equivalente en guaraníes.
La exigencia de este requisito carece de practicidad porque la mayoría de las empresas abonan sus compras del exterior a crédito, abonando los Invoice en forma parcelada; además, no todas las empresas alcanzan dicho monto para su importación.
A través de la aplicación de este numeral, se crearía un Oligopolio de Importadores y se estaría dependiendo de la voluntad de los mismos que puedan vendernos los productos con precios competitivos; inclusive, tendrán la potestad de vender a quien quiera y a quién no.
El mantenimiento de este saldo en dólares americanos genera gastos financieros elevados, porque la misma se considerará como mínimo un costo con tasa que oscilaría entre el 2.50% y 3.50%, pudiendo aplicarse como soporte operativo, generando más rentas a las empresas y al fisco, como también la creación de nuevas empresas y fuentes de trabajo.
Sobre este punto proponemos que el monto sea de U$D. 25.000,00. Con este monto, los gastos bancarios por mantenimiento de saldo serían de menos impacto en la rentabilidad del sector. El costo financiero se asimila a un gravamen directo sobre un activo de mucha importancia en cualquier empresa y actividad, teniendo en cuenta que los bancos tienen un promedio mensual para las cuentas corrientes y de ahorro.
Consideramos que esta obligación es una confiscación de disponibilidad de las empresas, y queremos expresarle que en ningún país del mundo existe este tipo de exigencia. El Régimen de Turismo de Compras no es un negocio volátil que requiera un Fondo de Garantía para operar en la actividad.
Solicitamos que la vigencia del Régimen de Turismo de Compras de los inscriptos, antes de la fecha del nuevo Decreto 2063/2024, se mantenga como importadores hasta su vencimiento.